Categoría: Noticias del sector
12/06/2022 - 10 min. lectura
A través de este identificador se realiza el registro de una vivienda en el Catastro y se calculan muchos de los impuestos que debes pagar anualmente, entre ellos, el impuesto de bienes inmuebles. Se trata, por tanto, de un valor individual, único, obligatorio y gratuito que se vincula a un inmueble determinado.
Para conocer el valor catastral de tu piso o vivienda debemos dirigirnos al Catastro del municipio donde esté sito el inmueble, casa o piso sobre el que necesitemos esta información.
Es el Catastro quien asigna a cada uno de los inmuebles que registra un valor que calcula en función del valor del suelo en que se encuentra, el valor de construcción (si fuese necesario) junto a otra serie de criterios que especificarán las ordenanzas de cada municipio en particular.
El valor que se le asigna a cada piso va a depender de dos procesos administrativos: la ponencia de valores municipal y la actualización catastral. Esto influirá en el aumento o disminución del valor de un grupo de inmuebles situados en la misma zona de la localidad arrojando un valor que, en ningún caso, podrá superar el valor de mercado.
El valor que el Catastro fija para los inmuebles de un municipio depende de la evaluación de las siguientes características:
Elementos relacionados con la edificación: antigüedad, características de la parcela, reformas, condiciones y conservación, etc…
Su valor administrativo va a depender de que seas o no el propietario de la misma. Si eres propietario del inmueble, entonces puedes acceder a varias fórmulas que te van a permitir conocer este dato de forma automática:
Como propietario de un inmueble estarás obligado al pago del Impuesto de Bienes Inmuebles que, cada año, pondrá al cobro el Ayuntamiento de tu municipio. Es el propio recibo de este impuesto el que te permitirá conocer el dato. Si no dispusieras de él, podrías pedirlo a tu Ayuntamiento o acceder al mismo de modo online.
Sólo deberás disponer de la referencia catastral para que el servicio catastral de tu municipio te facilite, previa identificación telefónica, del valor catastral de tu vivienda.
Es la forma más cómoda, fiable y efectiva de conocer el valor catastral de tu inmueble. A través de su servicio online, e introduciendo la referencia catastral en el casillero especificado a tal uso, podrás conocer en el momento el valor catastral de tu inmueble.
Si dispones de tiempo, otra opción es ir directamente a las oficinas del Catastro de tu municipio o a las de tu Ayuntamiento para que, previa identificación, te informen.
Si detectas que tu recibo del IBI es muy superior a lo que crees que deberías pagar o estás pensando en vender tu casa y, al realizar la tasación inmobiliaria de tu vivienda, su valor es más alto de lo que imaginabas. Deberías poner una reclamación en Catastro para que se disponga una revisión catastral que determine el valor real y actual de tu casa.
El valor catastral de una vivienda, en ningún caso, debería superar el 50% de su precio de mercado. De este modo, es importante presentar una discrepancia ante el Catastro de tu localidad para asegurar que el precio de venta o el cálculo de tus impuestos es el correcto.
El valor catastral es un valor administrativo que se determina como resultado de una ponencia de valores realizada en el municipio donde se encuentra sito el bien inmueble que usa criterios de valoración relacionados con el valor del suelo y el valor de la construcción.
El Catastro usa sistemas cartográficos para determinar la delimitación geográfica exacta del término municipal y realiza sus cálculos en base a las circunstancias de la edificación: calidad, zona o antigüedad, por ejemplo…
Es importante saber que existe la obligatoriedad de declarar al Catastro cualquier modificación que se haya realizado o se vaya a realizar sobre el inmueble, es decir, si su uso ha cambiado, si se ha realizado una obra que quite o añada elementos a la construcción. Esto evitará futuras inspecciones y multas.
En el Catastro se inscribirán todos los inmuebles, de naturaleza rústica o urbana, existiendo algunos especiales, los llamados inmuebles de características especiales, que se unen en una única referencia catastral, y que pueden ser inmuebles relacionados con centrales nucleares, aeropuertos, carreteras, etc…
La referencia catastral de un inmueble urbano está compuesta por 20 dígitos que el propio Servicio de Catastro construye en relación a los siguientes datos. Por ejemplo:
7654321BC8888D0005ED
Los primeros 5 dígitos (76543) indican donde se encuentra ubicada la parcela.
Los 2 siguientes (21) corresponden al inmueble concreto dentro de ese conjunto.
El grupo de 7 dígitos siguientes (BC8888D) identifican el plano catastral en el que la parcela se encuentra situada. Las dos primeras letras determinan la gestión territorial que corresponde.
Los siguentes 4 números (0005), son los que indican el piso concreto dentro del inmueble.
Por último, las últimas 2 (ED) son dos dígitos de control para la validación de la información.
Para el caso de parcelas rústicas, la referencia catastral se confecciona de un modo similar pero con las características propias de un terreno rústico, es decir: